El Poder Ejecutivo decretó este miércoles que se prohíben “los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días».
La misma medida rige en el caso de suspensiones “por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”. Con respecto a despidos y suspensiones que se hayan efectuado “en violación de lo dispuesto en el presente decreto, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”, se anunció.
Mientras que en los considerando se hizo mención a que el aislamiento social, preventivo y obligatorio “impacta directamente sobre la actividad económica del país y en el sistema de producción de bienes y servicios”. En ese sentido, se explicó el paquete de medidas para pequeñas y medianas empresas para que puedan afrontar el pago de salarios mientras persista la cuarentena.
“En esta instancia corresponde tutelar en forma directa a los trabajadores y a las trabajadoras como correlato necesario a las medidas de apoyo y sostén para el funcionamiento de las empresas, en este contexto de emergencia”.
“Esta crisis excepcional conlleva la necesidad de adoptar medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta situación de emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo, ya que el desempleo conlleva a la marginalidad de la población”, se agregó en el decreto.