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Río Grande
20 de febrero de 2025

El 60% para proyectos productivos y 40% a infraestructura

El Gobierno nacional ajusta el régimen de promoción industrial en Tierra del Fuego: 60% de los fondos aportados al FAMP irá a proyectos productivos y 40% a infraestructura. Busca diversificar la economía y fomentar la innovación en la provincia.

El Gobierno nacional publicó este martes en el Boletín Oficial el Decreto 111/2025, que introduce modificaciones al régimen de promoción industrial en la provincia de Tierra del Fuego. 

La norma, que ajusta la distribución de los aportes obligatorios de las empresas beneficiarias, establece que el 60% de los fondos recaudados se destinará a proyectos productivos y de capacitación, mientras que el 40% restante financiará obras de infraestructura en la provincia. 

Estas medidas buscan diversificar la matriz productiva fueguina, fomentar la innovación en ciencia y tecnología, y mejorar la competitividad regional.

El decreto modifica específicamente el artículo 6° del Decreto 727/2021, que había extendido los beneficios del régimen de promoción industrial hasta 2038 durante la gestión de Alberto Fernández. 

La Ley 19.640, que rige este régimen, fue creada con el objetivo de fomentar el desarrollo económico y productivo en Tierra del Fuego, consolidando la soberanía argentina en un territorio estratégico. 

Según el nuevo decreto, el 60% de los fondos del “Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina” (FAMP-Fueguina) se asignará a proyectos que diversifiquen la economía provincial, con la condición de que un tercio de este monto sea destinado a empresas que no formen parte del régimen de promoción industrial.

Por su parte, el 40% restante se utilizará para inversiones en infraestructura, con el fin de reducir costos logísticos y mejorar la competitividad de la provincia. 

Estas obras podrán ser presentadas por el Estado Nacional, la provincia o los municipios, pero se aclara que en ningún caso podrán destinarse a cubrir gastos corrientes del sector público. 

“Estas inversiones buscan generar un impacto directo en la productividad y el desarrollo de Tierra del Fuego”, señala el texto del decreto.

Una de las principales novedades introducidas por el Decreto 111/2025 es la incorporación del artículo 6° bis, que permite a las empresas beneficiarias destinar hasta el 40% de sus aportes obligatorios en proyectos productivos propios, siempre que estos sean aprobados por el Comité Ejecutivo del FAMP-Fueguina. 

Esta medida tiene como objetivo incentivar la inversión privada en sectores no promocionados, abriendo nuevas oportunidades de desarrollo económico en la isla. 

Las empresas que opten por esta modalidad deberán emitir un certificado de deuda a favor del fondo, que será cancelado a medida que se ejecuten las inversiones comprometidas. 

Además, tendrán la posibilidad de adelantar inversiones, cuyo valor será ajustado por un coeficiente determinado por el Comité Ejecutivo.

El decreto se enmarca en un contexto de ajustes en la política industrial fueguina. En septiembre de este año, el Gobierno había decidido retirar los beneficios tributarios a casi la mitad de las empresas textiles inscriptas en la provincia. 

Según había comunicado en ese momento la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, la medida afectó a cinco empresas que “incumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto 594/23 y no podrán gozar los beneficios impositivos y aduaneros que concede el régimen especial”. Entre los beneficios que perdieron estas empresas se encontraban la exención al pago de Ganancias, IVA, derechos de importación y otros incentivos fiscales.

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