El Ministerio de Salud incorporó a las personas con obesidad entre los grupos de riesgo frente al COVID-19, lo cual está publicado en el Boletín Oficial.
«Por la experiencia observada en otros países y la prevalencia de casos, la evidencia reconoció a la obesidad como un factor asociado a mayor riesgo de contraer la enfermedad y de sufrir evolución desfavorable de la misma”, establece la Resolución 1541/2020 de la cartera sanitaria.
En sus fundamentos, se detalla que la decisión se debe a que “existen múltiples mecanismos fisiopatológicos que explican esta predisposición, incluyendo presencia de un estado inflamatorio crónico, desregulación de la respuesta inmune, exceso de estrés oxidativo y producción aumentada crónica de leptina. Asimismo, el tejido adiposo podría sobreexpresar el receptor de la enzima convertidora de la angiotensina 2, implicado en la invasión intracelular del virus”.
En ese sentido, “corresponde sustituir el artículo 3° de la Resolución N° 627/2020, procediendo a incorporar las personas con obesidad dentro de los grupos de riesgo definidos en la referida Resolución, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 260/2020”.
Grupos de riesgo
De este modo, los actuales grupos de riesgo ante el Coronavirus son las personas con enfermedades respiratorias crónicas: Hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
También las personas con enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas; y quienes sufren diabetes.
Se suman a esa nómina las personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis, las cuales padecen inmunodeficiencias congénitas como asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave.
También, son considerados grupos de riesgo quienes viven con VIH dependiendo del status, las personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; los pacientes oncológicos y trasplantados, quienes padecen enfermedad oncohematológica hasta 6 meses posteriores a la remisión completa.
La lista se completa con quienes tienen tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados y personas con certificado único de discapacidad.