Ante la situación de emergencia por la pandemia, el presidente Alberto Fernández firmó el decreto 320 que regula el pago de los alquileres y también los desalojos.
El decreto establece la prórroga de los contratos que han vencido a partir del 20 de marzo, y que vayan a vencer, hasta el 30 de septiembre. La norma no obliga al inquilino a permanecer en la vivienda.
La misma norma prevé el pago del alquiler, que queda establecido en el mismo precio del mes de marzo. Luego de la fecha, se va a prorratear hasta 6 meses y se paga en cuotas mensuales desde octubre. Incluso si el contrato haya vencido o preveía algún aumento, se paga a partir de octubre.
Están suspendidos también los desalojos, que tiene que salir por la decisión de un juez, y no se puede ejecutar la sentencia hasta el 30 de septiembre, siempre que el inquilino todavía esté en la vivienda.
Además, las ejecuciones están suspendidas debido a la feria judicial extraordinaria dispuesta por el Superior Tribunal de la provincia.
También están comprendidos los locales que alquilen profesionales monotributistas, o aquellos que tengan pequeñas y medianas empresas.
El secretario de comercio de la provincia, Aníbal Chaparro, destacó la responsabilidad social de algunas inmobiliarias de Río Grande: “tratan de conciliar a las partes. Debe primar el acuerdo y la racionalidad porque estamos viviendo una situación excepcional”, dijo Chaparro por FM Del Pueblo.
Y advirtió lo que muchos inquilinos denuncian: “La mayoría de los contratos prevé la bancarización y existe la obligación del locador de ceder un CBU para hacer depósitos”.
Chaparro afirmó que, ante deudas por falta de pago, las mismas “se pueden pagar en 3 cuotas como mínimo a seis como máximo, incluye también las modalidades de alojamientos en pensiones”.
Se pueden hacer consultas a la secretaría de comercio de la provincia al número de whattsapp 2964 558360