El gobierno de Tierra del Fuego; a través de la secretaría de Comercio informa a la comunidad que, por resolución del organismo; los comercios: Hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios y minimercados minoristas y/o mayoristas deberán poseer en sus locales la lista de precios de todos los productos que comercializan en materia de alimentos e higiene con los valores correspondientes al 6 de marzo del corriente año.
Asimismo, se comunica que los mismos deberán tener carácter de declaración jurada y deberán estar disponibles para ser informados a los consumidores. Los listados podrán ser cotejados por los funcionarios o inspectores autorizados para dicha tarea.
Cabe recordar que la secretaría de Comercio de la Nación emitió una resolución mediante la cual los comercios deben retrotraer los precios al 6 de marzo del corriente año.